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CARTA DIRIGIDA POR SINTRAJAP A LA CONTRALORÍA JUSTIFICANDO RAZONES PARA OPONERNOS A LAS GRÚAS MÓVILES

6 diciembre, 2011
By Liroy

Limón,  5 de diciembre del 2011

STJ-861-2011

 

Señora:

Licda. Rocío Aguilar Montoya

Contralora General de la República

 

Ref: Expediente NI 21523

Estimada Contralora:

Como funcionarios públicos y en calidad de representantes del Sindicato de trabajadores de JAPDEVA (SINTRAJAP), acudimos a Usted para solicitarle de manera respetuosa y vehemente, no avalar el contrato sometido por la Administración de JAPDEVA, para el alquiler de grúas móviles para el movimiento de contenedores en el Puerto de Moín. Basamos nuestra posición, como lo demostraremos en adelante, por ser una contratación a todas luces irregular, al incumplir las normas legales y reglamentarias establecidas por los procesos de contratación administrativa y la ley de control interno. Además es contraria a la lógica, la ciencia y la técnica, conforme lo demostraremos a continuación.

ANTECEDENTES:

En la actualidad a través del Puerto de Moín, se trasiega alrededor del 50% de contenedores que maneja el Complejo Portuario de Limón-Moín, sin embargo ha existido una insistente e inusual política de no permitir la instalación de grúas porticas sobre rieles, específicamente en el muelle Taiwanés. Esto ha impedido mejorar los niveles de eficiencia y productividad portuaria, manteniendo estancadas las posibilidades de incrementar los ingresos de la Institución, debido a la gran diferencia tarifaria entre movilizar contenedores con grúa de puerto y hacerlo con grúa de barco.

Desde el año 2004, entró en operación el muelle Taiwanés (puesto 5-6) de Puerto Moín, diseñado con capacidad para soportar grúas porticas sobre rieles, y pese, a haber contado con los recursos económicos en diferentes periodos presupuestarios, los procesos de adquisición o bien no se iniciaron o no se concluyeron. El ejemplo más palpable de esa política de indolencia, lo constituye el hecho de que el préstamo para la construcción y equipamiento del muelle Taiwanés, aprobado mediante ley de la república, por un monto de 15 millones de dólares, tuvo un saldo de casi 5 millones de dólares, el cual la Administración prefirió  devolver en lugar de invertirlos en la adquisición de una grúa portica.

SITUACION ACTUAL:

Como es de su conocimiento la Administración tramita el expediente en referencia para el respectivo refrendo. Al respecto debe tomar en consideración este Ente Contralor, que la Administración no ha realizado ningún tipo de concurso para la adjudicación de esta concesión de servicios de carga y descarga a través de grúas privadas. De igual forma no existen estudios técnicos que justifiquen la conveniencia de las tarifas pactadas. De hecho hemos sabido, que esta empresa por este mismo tipo de servicio cobra 32 dórales por movimiento en Guatemala, mientras que con la

Administración de JAPDEVA convinieron un monto superior, a saber; 39 dólares por movimiento.

Es necesario recalcar que la tarifa vigente por movimiento de contenedor con grúa portica es de 48.20 dólares, con lo cual la Administración asume que obtendrá una ganancia bruta de 9.20 dólares por movimiento.

Recordemos que las tarifas son definidas por ARESEP con base al costo y que no existe en el tarifario aprobado una tarifa específica para los movimientos con grúa móvil, las cuales son muy diferentes en rendimientos, costos de adquisición,  de operación y vida útil, respecto a las grúas porticas sobre rieles que son las que posee JAPDEVA, máxime cuando dichos equipos son de un privado por lo que los costos directos e indirectos son muy diferentes a los de JAPDEVA. Obviamente esta arbitrariedad en la manipulación de la tarifa expone a la Administración a posibles demandas por parte de los usuarios al pretender cobrar el servicio de carga y descarga, con niveles de productividad inferiores a los que ofrece la grúa portica sobre rieles. Esto es agravado y evidente por el hecho de que la productividad que alcanzan algunos usuarios mediante la utilización de las grúas propias de los barcos también es superior a las que son capaces de ofrecer las grúas que se pretende alquilar. Como información adicional se indica que la productividad  de las grúas porticas sobre rieles o barcos con grúas especializadas, logran rendimientos superiores a 30 movimientos por hora, mientras que las grúas móviles sobre llantas como máximo y en condiciones óptimas llegan a los 20 movimientos por hora.

Estudios técnicos de carácter estructural, concluyen que el nivel de daños que provocaría el tránsito o rodamiento de las grúas móviles sobre la losa de concreto, incrementaría los costos por mantenimiento y restringe el uso de la grúa a ciertas zonas del muelle, lo cual es una gran limitante para la operación portuaria.

Por lo tanto:

 

Nuestra organización SINTRAJAP, se opone rotundamente a la pretensión de la Administración de JAPDEVA para dar en concesión el servicio de carga y descarga  de contenedores en Puerto Moín, por lo que le solicitamos a este Ente Contralor, improbar la solicitud tramitada por JAPDEVA.

De igual forma solicitamos investigar las actuaciones de la Junta Directiva, Presidencia Ejecutiva y Gerencia General, para comprobar si ha existido faltas al deber de probidad por:

  1. Adjudicar una concesión de servicios de carga y descarga al margen de los procedimientos de contratación vigentes y de estudios de factibilidad técnico-económicos que justifiquen las tarifas acordadas.
  2. El injustificable retraso que por años ha existido en esta Institución para el equipamiento (adquisición de grúas porticas sobre rieles y otros equipos de transferencia de carga) del Complejo Portuario de Limón-Moín, sumiendo a la Institución en un estado económico caótico, al verse imposibilitada de mejorar sus niveles de productividad y sus ingresos.

Adjuntamos los siguientes documentos:

 

  • Circulares suscritas por SINTRAJAP de oposición a dicha concesión.
  • Oficio de SINTRAJAP STJ-196 formalmente presentado a las autoridades del gobierno, referente al equipo que se ocupa en los puertos de Limón y Moín.
  • Análisis económico comparativo de las alternativas para movilización de cargas en el Muelle Taiwanés.
  • Copia de la cotización de Sany Heavy Industry Co., Ltd. por el suministro e instalación de 3  grúas porticas con un plazo de entrega de 9 meses, con llave en mano para ser operadas.
  • Copia de reforma del artículo 17 inciso “e” de la ley de JAPDEVA para endeudarse hasta en un 50% de los activos.

Por los motivos antes mencionado, es más rentable adquirir las grúas porticas. Si utilizamos la figura de contratación moderna como lo es el FIDEICOMISO, podemos tener en tiempo récor las grúas propias. Si hubiera interés de parte de la administración de adquirir el equipo idóneo que se ocupa y existiendo formalmente la oferta Asiática. Si tomamos en cuenta que desde junio del 2011 la ley se reformo, es para que el equipo empezara a operar el año 2012.

Sin más que decir me despido muy cortésmente

Atentamente,

 

Lic. Ronaldo Blear Blear

Secretario General, SINTRAJAP

 

1/ Medios de Comunicación

Jefes de Fracción de la Asamblea Legislativa.

Archivo

 

COMUNICADO DE PRENSA DE SINTRAJAP

24 noviembre, 2011
By Liroy

A todos los trabajadores de JAPDEVA y medios de comunicación:

Vemos con suma preocupación, la forma irresponsable con la que el Presidente Ejecutivo de JAPDEVA sale a los medios de comunicación a desinformar con respecto a la situación que vive la Institución que tiene por obligación dirigir y administrar.

En los últimos días hemos tenido importantes acuerdos para mejorar las condiciones inmediatas y futuras de nuestros puertos y JAPDEVA. En la toma de estos acuerdos han participado diputados, el Ministro de Transportes, funcionarios de JAPDEVA, el Presidente Ejecutivo y SINTRAJAP; por lo que no entendemos, porque en lugar de salir a explicarle esto a los trabajadores y al pueblo costarricense, dando un mensaje positivo que genere motivación y esperanza, sale nuevamente a intentar meter miedo, a confundir a nuestros usuarios y a generar incertidumbres que no le hacen ningún bien a Limón ni al país.

Nuestros puertos continúan trabajando a todo vapor atendiendo barcos día y noche y movilizando cientos de miles de toneladas de carga de nuestros exportadores e importadores. ¿Será que estamos regalando nuestros servicios?, no hay justificación para que la institución este en crisis al extremo de llegar a un cierre técnico en marzo o abril del próximo año, como afirma el señor Allan Hidalgo, Presidente Ejecutivo. Lo cual además de inaceptable es sumamente ridículo, ya que no se puede cerrar técnicamente los puertos que manejan el 80% de toda la economía del país. ¿Entonces como es posible que no haya dinero?

Eso sí, por una pésima e injustificada mala gestión de las Gerencias y Presidencias Ejecutivas, en los últimos 8 años no se han podido justificar los aumentos correspondientes a las tarifas, no se han podido tomar las decisiones para obligar a los usuarios a usar los equipos portuarios adquiridos y a propósito se han estado tomando decisiones que socaban el buen quehacer de la institución con el fin de justificar la entrega de los servicios que brindamos a la empresa privada.

Hemos soportado todo tipo de provocaciones que buscan vernos en la calle y paralizando los puertos, para increparnos después como irresponsables o como vagos, como lo han venido haciendo históricamente.  En esta ocasión hemos tratado de llevar nuestra lucha por las vías legales, por medio de demandas y por medio del apoyo político, que a Dios gracias hemos encontrado en la Asamblea Legislativa.

No sabemos hasta cuándo podremos soportar tanta inoperancia del señor Hidalgo y los que lo acompañan, por lo que aclaramos, que si al más alto nivel político del país no se toman decisiones para enderezar el timón de la Administración de JAPDEVA, nos veremos obligados a ir a las vías de hecho. Esperamos alguna señal que evite este conflicto antes del 25 de noviembre o no nos hacemos responsables de las consecuencias del conflicto que se avecinan.

 

 

Lic. Ronaldo Blear Blear                                               Sr. Liroy Pérez Pérez

SECRETARIO GENERAL                          SECRETARIO DE PRENSA

 

La recalcitrante impunidad de las concesiones

24 noviembre, 2011
By Liroy

•La pésima gestión de las concesiones en Costa Rica las ha convertido en ingobernables

Mario Quirós Lara (*)http://www.diarioextra.com/2011/noviembre/15/images/op08mql.jpg

Costa Rica debe contar con una administración pública capaz de otorgar concesiones importantes y de gestionarlas con esmerada calidad y costo. Por otra parte, las consideraciones constitucionales, gusten o no, deben ser rectamente aplicadas, so pena de socavar la constitucionalidad y convertirla en un concepto vacío.

En el ambiente prevaleciente, la impunidad acumulada y recalcitrante y la ligereza contractual se confabulan para que las concesiones sean riesgos ingobernables para el país y construcciones contra el estado de derecho.

La pésima gestión de las concesiones en Costa Rica las ha convertido en ingobernables. No cumplen con las normas técnicas de calidad constructiva, ni costos, ni plazos. Cada vez que se da la ocasión, el Estado modifica la distribución de riesgos, en contra del mismo Estado. También se advierte el peligro de un resultado aún más grave: menguar el ordenamiento constitucional.

En este desolador panorama, cualquier atropello se pretende justificar con las excusas de la impunidad: peor es nada y nada es perfecto, lo cual, traducido al léxico de la vileza gubernativa quiere decir: ¡todo se vale! Y, ciertamente… todo se ha valido.

Se comienza por forzar la lectura constitucional y legal, para acomodarla a la ideología del abuso. El martes recién pasado, en esta misma sección, don Jaime Ordoñez ofreció una reflexión acerca de los temas constitucionales involucrados y la gravedad de las antojadizas interpretaciones a las que se ha sometido el inciso 14 del artículo 121 del texto constitucional. La Contraloría ha sido arrastrada o ha caminado, por propia decisión, hacia el despeñadero de los abusos, sin que la Asamblea Legislativa logre ponerla en su lugar. La conclusión del señor Ordoñez es que la Contraloría carece de competencia constitucional para refrendar el contrato de la terminal de contenedores en Moín.

Crecientes riesgos para el erario público. Pendiente del abusado y abusivo sello contralor, el contrato de concesión para la terminal de contenedores en Moín llega después de una sucesión de costosos errores y socavaciones a la legalidad. Los montos son cuantiosos, en términos nacionales. Eso significa que, si el Estado costarricense fomenta la ligereza contractual, las mutaciones oportunistas, de hecho y de derecho, en las contrataciones, los riesgos para el erario público son crecientes. También suele concurrir a la mala gestión el incumplimiento contractual de parte de un Estado, cuyos funcionarios comprometen cumplimientos que son incapaces de ejecutar, defraudando a los contratistas y, finalmente, al mismo fisco, por demandas resueltas favorablemente para los concesionarios.

Para efectos ilustrativos, transcribo, el inciso 14 citado, in fine: “Los ferrocarriles, muelles y aeropuertos nacionales-estos últimos mientras se encuentren en servicio-no podrán ser enajenados, arrendados, ni gravados, directa o indirectamente, ni salir en forma alguna del dominio y control del Estado.”
Se puede estar o no de acuerdo con la letra de las estrictas y obvias limitaciones constitucionales, pero no se pueden ignorar. Aún en la más flexible lectura de lo que “ni salir en forma alguna del dominio y control del Estado” pueda significar, lo mínimo que con sentido común se puede afirmar es que, en la praxis concesional costarricense, el Estado, a través de la administración pública, no ha tenido dominio ni control de nada, sino todo lo contrario.

La administración, una vez detectada la desorientación en el proceder contralor, ha utilizado el refrendo de la contraloría para legitimar el desgobierno en las concesiones. Así ha ocurrido, por ejemplo, en la socorrida carretera a Caldera. Las mutaciones contractuales, todas costosísimas para los costarricenses, han contado con el sello legitimador de la Contraloría.

Pero, también, ese órgano complace a la administración en su persistente desgobierno de la contratación pública, cuando ejecuta, de hecho, cambios en la distribución de riesgos, como en el caso de la Radial a Atenas o a Hatillo, en los que el erario público termina pagando las obras defectuosas.

La concesión de obra pública con servicio público debería aliviar el presupuesto público, sin alentar abusos contra los usuarios, ni engaños a los contratistas de buena fe. Paradójicamente, al asumir el Estado riesgos que contractualmente corresponden a los concesionarios; al incurrir la misma administración pública en incumplimientos contractuales o, al disimular los del contratista, para mantener ocultos los trastornos de la burocracia, los fondos del presupuesto público terminan en los profundos bolsillos de algunos concesionarios.

Chapucera gestión. En ningún estudio se ha tomado en serio la gestión del riesgo concesional, para, en vez de confiar el destino de las negociaciones a la chapucería, se determinen con exactitud los factores claves de gestión de esos riesgos, para atenderlos con la seriedad y previsión que corresponde. Para obviar lo obvio, las contrataciones se representan como pomada canaria para el atraso en infraestructura pública. Al final, la pregonada pomada termina siendo veneno que intoxica el orden jurídico, las finanzas públicas y acrecienta los abusos contra los ciudadanos.

Audazmente, en este viciado entorno, el Poder Ejecutivo ha declarado urgente elevar los impuestos, al tiempo que las concesiones son evidente y repugnante destino de los tributos. Y seguirían siéndolo aun más, incluso, aunque los ricos los pagasen como ricos y los pobres como pobres, según la repetida muletilla utilizada para justificar tanta desfachatez presupuestaria.

La Asamblea Legislativa, responsable constitucional del demanio aeroportuario y de puertos y muelles, debe intervenir legislativamente el pantano jurídico y recalcitrante refugio de impunidad en el que la administración pública ha convertido las concesiones. Esta tarea es urgente e impostergable. El órgano legislativo debe hacerse cargo de sus potestades constitucionales en la materia, para que las concesiones no sean solo posibles mediante arbitrariedades, sino encarriladas hacia la satisfacción de fines públicos y el puntual respeto de nuestro orden constitucional.
*Diputado 2006-2010

 

 

¿Por qué la concesión de puertos es potestad legislativa?

9 noviembre, 2011
By Liroy

¿Por qué la concesión de puertos es potestad legislativa?

Jaime Ordóñezhttp://www.diarioextra.com/2011/noviembre/08/images/op07jor.jpg

Un grupo de diputados de la Asamblea Legislativa de Costa Rica declararon el pasado 2 de noviembre que es al poder parlamentario a quien le corresponde autorizar la concesión de puertos, oponiéndose  a la pretensión del Poder Ejecutivo de refrendar el contrato a favor de  la empresa holandesa AMP Terminals, con una simple ratificación de la Contraloría General  de la República (CGR).  Este grupo de parlamentarios -quienes representan a varios partidos políticos– indican que se trata de una potestad legislativa plena, no delegable a la CGR, ni a nadie. A mi juicio, la posición de estos diputados es absolutamente correcta y supone una actuación de acatamiento obligatorio.   Veamos las  razones:
1.- La norma constitucional es expresa y no admite interpretación. Los puertos y muelles son bienes públicos, o propios de la Nación, y su enajenación de uso o concesión  es, en cualquier caso, potestad única del Poder Legislativo de acuerdo con el artículo 121, inciso 14 de la Constitución Política. El inciso 14 es expreso y habla literalmente de “muelles”, lo cual no deja duda alguna.

2.- El referido artículo 121, inciso 14, es incluso más grave, pues prohíbe expresamente “arrendar” los ferrocarriles, muelles y aeropuertos.  Y concesionar y arrendar son exactamente la misma cosa.  La resolución de la Sala Constitucional sobre la cuestión de la posibilidad de concesión o arrendamiento (absolutamente discutible, pues contraviene la letra expresa de la Constitución), en todo caso no puede en forma alguna obviar la potestad de que, si hipotéticamente, el arrendamiento fuera posible, su autorización es plena y exclusiva del Poder Legislativo. El inciso dicho del artículo 121 de la Carta Magna es taxativo y expreso.-
3.-  Por otra parte, el artículo 140, inciso 19 de la Constitución Política faculta al Poder Ejecutivo a suscribir contratos, pero expresamente indica que cuando “tengan por objeto la explotación de servicios públicos, recursos o riquezas naturales del Estado” deben ser aprobados por la Asamblea Legislativa, y de nuevo taxativamente indica que deberá aplicarse el 121, inciso 14). No hay duda alguna.

4.-  Como si fuera poco, adicionalmente el Artículo 5 de la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre, Ley No. 6043, establece que “solamente la Asamblea Legislativa podrá conceder permisos u otorgar concesiones en las zonas cubiertas permanentemente por el mar, adyacentes a los litorales”. La obligación de que sea el Poder Legislativo es expresa en cualquier hipótesis, no sólo por imperativo constitucional sino, además, legal.

5.- Finalmente, la Ley de Concesión de Obras Públicas con Servicios Públicos, Ley Nº 7762, en su Artículo 64 inciso 1b, establece que el órgano contralor carece de competencia para conocer los contratos que celebre el Consejo Nacional de Concesiones. Y este es justamente el caso.

No solo por las razones de rango constitucional indicadas en los tres primeros puntos, sino, además, por imposibilidad legal, la Contraloría no puede en ningún caso ratificar un contrato de concesión con esas características.

Ya es hora de corregir este gravísimo error. En primer término, la Contralora -en cumplimiento de la propia Constitución- debería abstenerse de inmediato de conocer la remisión de ese Contrato. Es lo que procede y se espera de ella por el fuero y la dignidad de su cargo, pues se trataría de un refrendo no solo espurio, sino, además, inconstitucional e ilegal. Adicionalmente, han hecho lo correcto las fracciones legislativas al haber presentado de inmediato un proyecto de ley (bajo el expediente No. 18301), para revisar y discutir a fondo ese contrato de concesión. Más aún. Estarían incumpliendo gravemente la Constitución y la ley si no lo hicieren.
ordonez@icgweb.org

La Contralora debería abstenerse de conocer la remisión del contrato a favor de APM Terminals, pues se trataría de un refrendo no solo espurio, sino inconstitucional e ilegal.

 

 

SINTRAJAP EN LA CELEBRACIÓN DEL 2DO. ENCUENTRO DE LAS MOVIMIENTOS SOCIALES

2 octubre, 2011
By Liroy
2DO. ENCUENTRO DEL MOVIMIENTO SOCIAL, EL SALVADOR 1-10-2011

FAVIO CHÁVEZ, RENE MIRANDA Y LIROY PÉREZ.

SAN SALVADOR DEL 01-10 2011

 

SINTRAJAP como parte de la Mesa Nacional Costarricense y a su vez de la Plataforma Sindical Común Centroamericana (PSCC), representado en esta ocasión por Liroy Pérez, Secretario de Prensa participó junto con los compañeros René Miranda de SITRACHIRI y Fabio Chávez de ASDEICE y coordinador de la Mesa de Costa Rica en este evento masivo realizado en la ciudad de San Salvador el pasado 1 de octubre del 2011.

 

Según los organizadores acudieron unos 2500 líderes de todo el país representantes de tres sectores: Sindical, Comunal y Campesino. La PSCC y sus miembros estuvieron presentes en dicho evento, como invitados especiales, al igual que varios representantes de otros organismos internacionales.

 

Dentro de este mismo esfuerzo nuestro delegado participó también en actividades internas propias de la PSCC que se tenían programadas para estas fechas.

Esta participación se una a otras acciones de lucha y solidaridad que ha proyectado SINTRAJAP en procura de continuar fortaleciendo alianzas a nivel, local, nacional e internacional.

 

 

NOTAS SOBRE LOS PUERTOS, PUBLICADAS POR CANAL 7

2 octubre, 2011
By Liroy

Diputados piden a Contraloría no refrendar contrato de concesión a APM Terminals

 

 

JessicaQuesada
29 de Septiembre de 2011, actualizado 12:01 pm

Los diputados de la comisión especial que analiza la concesión de la empresa APM Terminals para la construcción de la terminal de contenedores de Moín recomiendan a la Contraloría no refrendar el contrato pues encuentran serias anomalías de tipo legal.

Esta concesión es la más costosa del país con un monto de 1000 millones de colones y actualmente tiene 2 denuncias  del tribunal contencioso administrativo interpuestas por SINTRAJAP y el sector bananero.

Los legisladores también han solicitado que el Ministerio Público investigue al ministro de Obras Públicas y Transportes, Francisco Jiménez y al presidente ejecutivo de JAPDEVA Allan Hidalgo, pues aseguran que estos 2 funcionarios mintieron en sus declaraciones ante la comisión de concesiones, al decir que ya existían los informes de impacto ambiental.

Manrique Oviedo, diputado del Partido Acción Ciudadana sostiene que existen irregularidades en el tema ambiental, y de visas en las obligaciones financieras del estado.

*JLB

 

 

 

Oposición pretende denunciar a Ministro de Transportes por concesión de muelles en Moín

 

AndrésMartínez
29 de Septiembre de 2011, actualizado 01:21 am

Los diputados de Liberación Nacional criticaron la intención de la oposición de denunciar al Ministro de Transportes, Francisco Jiménez .  Víctor Hugo Víquez y Fabio Molina calificaron de mala fe la idea de llevar al ministerio a Jiménez por autorizar la concesión de muelles en Moín.

Estas reacciones las dieron este miércoles al presentar el informe de minoría sobre el contrato que se investigó en una comisión especial legislativa.

Los legisladores justificaron la concesión otorgada por el Gobierno y desmintieron que afecte negativamente a JAPDEVA.

*L JV

 

 

En vivo negociaciones de SINTRAJAP con Gobierno

Como parte de los acuerdos con el gobierno, SINTRAJAP logró que las negociaciones sean transmitidas en vivo por canal 13
Veánlas en este enlace:

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